El impuesto a la renta es un tributo que se determina anualmente, tiene vigencia del 01 de enero al 31 de diciembre. Si eres persona natural el impuesto se aplica a los ingresos que provienen del arrendamiento u otro tipo de cesión de bienes muebles o inmuebles, acciones u otros valores mobiliarios.
- También del trabajo realizado de forma dependiente o independiente, siempre que no se realices actividad empresarial.
- Conoce los tipos de rentas que puedes generar, si eres una persona natural que no realiza actividad empresarial: Rentas de Capital – Primera Categoría : generadas por el arrendamiento, subarrendamiento o cualquier tipo de cesión de bienes muebles o inmuebles.
El pago debes hacerlo tú mismo y corresponde al 6.25% sobre la renta neta (equivalente al 5% sobre la renta bruta). Rentas de Capital – Segunda Categoría : corresponde a venta de acciones o valores mobiliarios, intereses por colocación de capitales, regalías, patentes, rentas vitalicias, derechos de llave y otros.
- Las rentas de Cuarta Categoría: corresponden a servicios prestados de manera independiente de cualquier profesión, ciencia, arte u oficio. También, están aquí los trabajadores del Estado con contrato CAS, los directores, consejeros regionales y regidores municipales. Si estos ingresos se complementan con actividades empresariales o viceversa, el total de la renta que se obtenga se considerará como renta de Tercera Categoría es decir una renta empresarial.
- Rentas de quinta categoría: son los ingresos obtenidos por el trabajo personal prestado en relación de dependencia (planilla), incluidos cargos públicos, tales como sueldos, salarios, asignaciones, gratificaciones, bonificaciones, aguinaldos, comisiones, compensaciones en dinero o en especie, gastos de representación y, en general, toda retribución por servicios personales.
Para estas rentas, se tomará en cuenta el periodo de tiempo en que se perciban, entre el 1 de enero y el 31 de Diciembre. Se considerarán percibidas cuando se encuentren a disposición del trabajador, aunque este no las haya cobrado en efectivo o en especie.
Rentas de Fuente Extranjera: provienen de una fuente ubicada fuera del territorio nacional. No se categorizan y se consideran para efectos del Impuesto, siempre que se hayan percibido. Por ejemplo, la renta obtenida por alquilar un inmueble en el extranjero, los intereses obtenidos por certificados de depósitos bancarios de entidades financieras del exterior, la renta obtenida por prestar servicios en el exterior, entre otras.
El impuesto se aplicará con tasas progresivas acumulativas de 8%, 14%, 17%, 20% y 30%. Es decir, a mayor ingreso en el año, se pagará más. Accede a estas páginas, si deseas calcular el monto de tus impuestos de primera categoría, segunda, cuarta y quinta,
Por otra parte, si eres persona natural con negocio o empresa y realizas actividades empresariales podrías estar obligado a realizar la Declaración Jurada Anual de Rentas de Tercera categoría. Sobre este tipo de renta debes conocer lo siguiente: Renta Empresarial – Tercera Categoría : Generada entre otras por el comercio, la industria, minería y toda actividad que genere un negocio o empresa.
Asimismo, están obligados a presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta:
- Los sujetos que hubieran obtenido rentas o pérdidas de tercera categoría como contribuyentes del Régimen General y/o del Régimen MYPE Tributario – RMT.
- También se encuentran obligadas a presentar la declaración jurada anual, las personas o entidades generadoras de rentas de tercera categoría que hubieran realizado operaciones gravadas con el Impuesto a las Transacciones Financieras ( ITF ) por haber efectuado el pago de más del 15% de sus obligaciones sin utilizar dinero en efectivo o medios de pago.
Para aplicar la tasa del impuesto debes considerar los siguiente:
- Los contribuyentes del Régimen General determinaran aplicando a la renta neta anual la tasa del 29.5%.
- Los contribuyentes del Régimen MYPE Tributario – RMT, determinarán aplicando a la renta neta anual la siguiente escala progresiva acumulativa:
- Hasta 15UIT – 10%
- Mas de 15 UIT – 29.5%
Para mayor informacion sobre los tipos de renta puedes acceder a Renta 2022, Prórroga* para presentar la Declaración Jurada Anual de Renta del año 2022, para las personas naturales y empresas En aplicación de la Resolución de Superintendencia N.º 051-2019/SUNAT, se ha modificado el cronograma de vencimiento para presentar la Declaración Jurada Anual del año 2022, para las personas naturales y empresa con domicilio fiscal ubicado en alguno de los distritos declarados en estado de emergencia por impacto de daños a consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales, según lo establecido por los Decretos Supremos:
- DS N.º 007-2023-PCM publicado el 13/01/2023, que incluye algunos distritos de varias provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Cusco, Huánuco, La Libertad, San Martín y Ucayali.
- DS N.º 019-2023-PCM : Publicado el 06/02/2023, que comprende el distrito de Mariano Nicolás Valcárcel de la provincia de Camaná del departamento de Arequipa.
- DS N.º 024-2023-PCM : publicado el 17/02/2023, que comprende los distritos de Allauca, Cacra, Catahuasi, Huangascar, Lincha, Putinza, Quinches y Viñac de la provincia de Yauyos del departamento de Lima.
- DS N.º 028-2023-PCM : publicado el 02/03/2023, que incluye varios distritos de las provincias del departamento de Ayacucho, por impacto de daños ante intensas precipitaciones pluviales.
- DS N.º 030-2023-PCM : publicado el 10/03/2023, que incluye algunos distritos de varias provincias del departamento de Arequipa.
- DS N.º 034-2023-PCM : publicado el 12/03/2023, que incluye varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Cajamarca, La Libertad, Lambayeque y Piura.
- DS N.º 036-2023-PCM : publicado el 15/03/2023, que comprende los distritos de Ancón, Pucusana, Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo y Santa Maria del Mar de la provincia y departamento de Lima.
- DS N.º 038-2023-PCM : publicado el 18/03/2023, que incluye varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Ancash, Huancavelica, Ica y Lima.
- DS N.º 039-2023-PCM : publicado el 18/03/2023, que incluye varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Ayacucho, Pasco y Ucayali.
- DS N.º 043-2023-PCM : publicado el 26/03/2023, que incluye los departamentos de Lambayeque, Piura y Tumbes.
- DS N° 044-2023-PCM : publicado el 29/03/2023, que incluye algunos distritos de las provincias de Leoncio Prado y Marañón del departamento de Huánuco; y, en algunos distritos de las provincias de Nasca, Ica y Palpa del departamento de Ica.
* Beneficio aplicable a partir de la fecha de publicación de los referidos Decretos Supremos. La indicada prórroga no se aplica a contribuyentes que pertenecen al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales. Para conocer más sobre esta prórroga, ingresar aquí,
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¿Cómo se calcula el Impuesto a la Renta en el Perú?
El cálculo del impuesto se determina identificando primero la renta bruta, que estará dada por la diferencia existente entre el ingreso neto total y el costo computable. Luego se descontará el 20% sobre la ganancia para determinar la renta neta y se aplicará la tasa del 6.25%.
¿Cuáles son los tipos de Impuesto a la Renta en el Perú?
Impuestos del gobierno central – A cambio de los bienes y servicios que recibe indirectamente del estado, el usuario debe cumplir con el pago de los siguientes impuestos de ámbito nacional: Impuesto a la Renta: Se tributa anualmente, y proviene del trabajo realizado de forma dependiente o independiente (siempre que no se realice actividad empresarial) y el arrendamiento o cesión de bienes muebles o inmuebles, acciones u otros valores mobiliarios.
Grava, por tanto, rentas del trabajo y del capital. El impuesto se aplica con tasas progresivas acumulativas de 8%, 14%, 17%, 20% y 30%. Es decir, a mayor ingreso en el año, se pagará más. Si el contribuyente es una persona natural con negocio o empresa y realiza actividades empresariales, debe realizar una declaración jurada anual de rentas.
Impuesto General a las Ventas: El IGV es un tributo obligatorio que los ciudadanos peruanos deben pagar cuando compran bienes muebles o cuando una empresa les presta sus servicios, tanto como persona natural o jurídica. La tasa es de 16%, a la cual se le incluye el 2% por Impuesto de Promoción Municipal, dando un total de 18% que se aplica sobre el monto pactado.
- Impuesto Selectivo al Consumo: El ISC se paga a la (Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria) cuando el ciudadano adquiere bienes como oro y joyas, bebidas alcohólicas, cigarrillos o combustibles.
- Tiene dos fines, explica Carrillo Bautista.
- Un fin fiscal, esto es, generar una mayor recaudación aplicando una tasa elevada respecto de bienes caros, como el oro y las joyas, lo cual permite generar mayor recaudación.
Y otro por lado, un fin parafiscal, que se materializa mediante la imposición de una mayor carga sobre determinados bienes o productos con la finalidad de desincentivar su consumo y combatir las externalidades negativas que pueden generar daños en la salud de las personas o mayor contaminación que afecte al,
Uno de los criterios en que se basa el ISC es el INC (Índice de Nocividad de Combustible): así, los vehículos nuevos híbridos y eléctricos están exentos de este impuesto, mientras que los de gasolina y diésel pagan respectivamente un 10% y un 20% (tomando como base imponible el precio de venta). En el caso de los cigarrillos, la tasa es del 50%.
Derechos Arancelarios: Este impuesto se aplica solo a las importaciones de mercancías que se realizan en Perú. Existen tres tipos de aranceles: ad-valorem (se calcula como un porcentaje del valor de la importación CIF, es decir, del valor CIF de la importación que incluye costo, seguro y flete); específico (se calcula como una determinada cantidad de unidades monetarias por unidad de volumen de importación); y mixto (está compuesto por un arancel ad-valorem y un arancel específico).
El arancel promedio nominal es 2,1%. Nuevo Régimen Único Simplificado: Dirigido fundamentalmente a pequeños negocios (comercios, zapaterías, restaurantes, peluquerías, puestos en mercados, etc.), el NRUS consiste en el pago de un solo impuesto, en sustitución del Impuesto a la Renta e Impuesto General a las Ventas.
El cálculo de dicho pago único mensual se efectúa en función de los ingresos o compras del mes: de hasta 5,000 soles, la cuota es de 20.00 soles; de hasta 8,000 soles, la cuota es de 50.00 soles. Los municipios de Perú perciben ingresos por varias fuentes: impuestos municipales creados por el gobierno; contribuciones y tasas que determinan los propios concejos municipales; impuestos nacionales a favor de las municipalidades; participación de la recaudación de tributos a favor de las municipalidades; y otros,
Impuestos locales: Los municipios recaudan cuatro impuestos: predial, de alcabala, a los juegos (bingo, rifas y similares) y a los espectáculos públicos no deportivos (por ejemplo, en la ciudad de, tercera en población del país, se aplica un 15% a las carreras de caballos; un 10% a los espectáculos cinematográficos y taurinos; quedando exentos los conciertos de música y espectáculos de folclore nacional).
Las administraciones provinciales recaudan, a su vez, otros tres: al patrimonio automotriz (que grava la propiedad de vehículos automóviles), a las apuestas y a los juegos (loterías). De todos ellos, son los dos primeros los que requieren clarificación.
Impuesto predial: se entiende por “predio” todo aquel terreno o edificación urbana y rústica, e incluso aquella instalación que forma parte del terreno o el edificio (que no puede ser separada de este sin que se altere la estructura). Están obligados a pagarlo aquellas personas naturales o jurídicas que a fecha de uno de enero de cada año son propietarias de un predio.
Impuesto de Alcabala: se aplica cuando se compra o se transfiere un inmueble y atañe al comprador, que debe pagarlo al contado. Existen algunas operaciones que, no obstante, quedan exentas de este impuesto, como cuando la compra se realiza directamente a la constructora (es decir, es un edificio nuevo o “de primera venta”) o se trata de una transferencia por adelantos de herencia o repartición de bienes generados en el matrimonio. Uno de los tributos que las municipalidades están facultadas a crear, modificar o suprimir es la Contribución Especial de Obras Públicas. Grava los beneficios derivados de la ejecución de obras públicas. Dicho de otro modo: es un instrumento tributario que permite que los vecinos participen en el costo de una obra de infraestructura realizada por el ayuntamiento.
En cuanto a las tasas (tributos creados por los concejos municipales que se traducen en la prestación efectiva de un servicio público o administrativo), la ley contempla las siguientes: por servicios públicos o árbitros, por servicios administrativos o derechos; por licencia de apertura de establecimientos; por estacionamiento de vehículos; de transporte público; y por realización de actividades sujetas a fiscalización o control municipal extraordinario.
“No se considera tasa el pago que se recibe por un servicio de índole contractual”, precisa Castillo Bautista. “Por ejemplo, si una municipalidad es propietaria de puestos de mercado, los cuales decide ceder a terceros temporalmente mediante un contrato de arrendamiento, lo que perciba por ese arrendamiento de local comercial, al no tener naturaleza tributaria, no sería una tasa, sino que recibiría el nombre de precio público”.
Tributos nacionales creados a favor de las municipalidades: Incluyen el impuesto de promoción municipal (el 2% de las operaciones de IGV); el impuesto al rodaje (aplicable a las gasolinas, con tasa del 8% sobre el precio ex-planta); y el impuesto a las embarcaciones de recreo (el 5% de su valor).Participación de la recaudación de tributos a favor de las municipalidades:El 2% de la renta de aduanas se destina a financiar a los gobiernos locales, así como el 12% del impuesto a los juegos de casino, máquinas y tragamonedas. Otros ingresos:
El grueso de esta partida procede del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN), que se nutre, a su vez, del rendimiento de los impuestos de promoción municipal, al rodaje y a las embarcaciones de recreo. Pero también incluye determinados cánones, como el minero, pesquero, hidroenergético, gasífero, forestal o petrolero.
¿Cuánto es el Impuesto a la Renta at 2023?
Fecha de Actualización: 14/06/2023
Años comerciales en que se aplica la tasa de Primera Categoría. | Tasas de Primera Categoría |
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2023 para contribuyentes artículo 14, letra D) N°3 LIR (Régimen creado por la Ley 21.578 de 2023) | 10% |
¿Cuándo se paga el impuesto a la renta?
Importante: esta información que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es sólo una guía de apoyo para los contribuyentes. Es deber de todo contribuyente leer la normativa vigente del SII, Información vigente a 2015.1. ¿Por qué se habla de “declaraciones y pagos de Impuestos”? Porque dentro de las principales líneas de procesos tributarios del Servicio de Impuestos Internos, las “Declaraciones y pagos de Impuestos” corresponden a un proceso en el cual se deben declarar y pagar los impuestos de forma simultánea, salvo situaciones excepcionales en que se autoriza el pago diferido del impuesto, como es el caso del Impuesto a la Renta.2.
Declaración Mensual y Pago Simultáneo, Formulario 29 Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos, Formulario 50 Impuestos Anuales a la Renta, Formulario 22 Ley sobre impuesto de Timbres y Estampillas Ley sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones
Declaración Mensual y Pago Simultáneo, Formulario 29 A través de este formulario se declaran y pagan, entre otros, los siguientes ítems:
En el anverso del formulario se declaran y pagan los conceptos provenientes de la aplicación del Impuesto al Valor Agregado, IVA, esto es:
Ventas por Exportaciones, Ventas Exentas, Importaciones, Adquisiciones Exentas, Adquisiciones de Activos Fijos. Ventas Afectas al IVA, débito Fiscal, Compras Afectas al IVA, crédito Fiscal.
En el mismo formulario se declaran y pagan otros impuestos y retenciones, por la aplicación del impuesto a la Renta, esto es:
Retenciones de 2° Categoría, impuesto único a los trabajadores, retenciones del 10% por actividades de profesionales o actividades lucrativas, por los suplementeros. Pagos Provisionales Mensuales, por las actividades de 1° Categoría de la Ley de la Renta, por los transportistas, por los artesanos, por actividades de 2° categoría.
En el reverso del formulario se declaran y pagan los conceptos provenientes de la aplicación de impuestos adicionales a las ventas, Tributación Simplificada de IVA, retenciones por Cambio de Sujeto y Créditos Especiales, esto es:
Ventas Afectas a los impuestos Adicionales al IVA, originadas en las ventas de artículos suntuarios, licores, vinos, bebidas, whisky. Anticipo de IVA por Cambio de Sujeto. Impuestos retenidos del IVA, por Cambios de Sujeto del IVA. Crédito Especial de Empresas Constructoras, 65% del débito Fiscal del IVA. Recuperación de Peajes Transportistas de Pasajeros. Ventas, crédito e IVA determinado por concepto de Tributación Simplificada.
Para información sobre plazos de la declaración, seleccione Calendario de declaraciones de IVA. Declaración Mensual y Pago Simultaneo de Impuestos, Formulario 50 Este formulario se utiliza para cumplir con las siguientes obligaciones tributarias: 1.- Ley de la Renta, también se aplica a las personas sin domicilio ni residencia en Chile, que obtengan alguno de los ingresos o rentas que se mencionan, por los cuales se deben retener las tasas de impuestos que se establecen y enterarlos al Fisco en los plazos establecidos, esto es:
Art.74, Retenciones Impuesto Adicional Ley de la Renta.
2.- Ley 18502, impuestos a los combustibles
Art.6, Impuesto a la 1ª venta de Petróleo Diesel y Gasolinas Automotrices. Art.1, Impuesto Vehículos Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo.
3.-Ley sobre los juegos de azar
Art.2 Ley 18.110 Entrada de casinos, Art.2 Ley 18.110 Apuestas Hípicas Art 1 D.L.2437/78. Impuesto 20% de los ingresos brutos de los casinos de juego Art.59 Ley 19.995
4.- Ley de la Renta
Impuesto Único retiros programados de excedentes de libre disposición. Fondos de pensión Art.71 DL 3500. Impuesto Único de segunda categoría, Art.69 N° 4 L.I.R. Rentas esporádicas de primera categoría, Art.69 N° 3. PPM voluntario, Art.88. PPM por asesorías técnicas Ley 18.768, Art.13. Reintegro devoluciones Art.97 Ley de la Renta.
5.- Decreto Ley 828, sobre impuesto a los tabacos
Art.3, cigarros puros. Art.4, cigarrillos. Art.5, tabaco elaborado.
6.- Ad-Valorem Zona Franca Art.11 ley 18211.7.- Derecho de explotación ENAP, Art.6 D.L.2.312 / 1978 8.- Impuesto Específico Artículo 43 ter, Ley 18.892 – Licencia transable de pesca clase A declarable anualmente en julio. Impuestos Anuales a la Renta, Formulario 22 Este formulario se utiliza para cumplir con las obligaciones tributarias anuales, originadas en los siguientes impuestos anuales a la Renta:
Global Complementario, que afecta a las personas naturales, con domicilio y residencia en Chile, sobre las rentas percibidas en el año tributario correspondiente, que provienen de los siguientes conceptos, entre otros:
Retiros de Utilidades, Presuntos y Efectivos, Dividendos, Gastos Rechazados, Rentas Presuntas, Rentas de Contabilidad Simplificada, Honorarios, Intereses, Rentas Exentas, Sueldos. A nivel de dichos contribuyentes, pueden concurrir las siguientes Rebajas de Rentas: Dividendos Hipotecarios, Intereses artículo 55 bis, Contribuciones, Impuesto de 1°Categoría, Acciones de Pago, Cotizaciones previsionales correspondiente al empresario o socio.
Primera Categoría, afecta a personas naturales y jurídicas, se determina en base a rentas efectivas y rentas presuntas. Los principales créditos que se utilizan contra este impuesto provienen de las contribuciones de los bienes raíces, donaciones, compras de activos fijos, zonas extremas, fondos mutuos, zona franca, inversiones en el exterior. Impuesto Único de Primera Categoría, se aplica a los mayores valores que se determinen en la enajenación de valores, derechos, bienes, provenientes del artículo 17 N° 8 de la Ley de la Renta. Impuesto Único, que afecta a los contribuyentes que expresamente indica el inciso primero del actual artículo 21° de la Ley de la Renta. Impuesto Adicional a la Renta, por exceso de endeudamiento, inversionistas extranjeros en régimen general e invariabilidad tributaria. Reliquidación Impuesto Único Originado en sueldos de más de un empleador. Posteriormente, en las líneas finales del formulario 22, se registran los siguientes créditos y retenciones contra los impuestos anuales a la renta: Pagos Provisionales, Retenciones de 2° Categoría, Crédito de empresas constructoras, Crédito Sence, Cotización adicional de salud, peajes, Pago provisional exportadores, Pago provisional de impuesto de 1° categoría por utilidades absorbidas, crédito puesto a disposición por sociedades. Pago de Impuesto anual a la renta o Devolución solicitada
El plazo para presentar el formulario 22 anual de la Renta, según ley vence el 30 de Abril de cada año, salvo las excepciones contenidas en al artículo 69° de la Ley de la Renta, Para mayor información seleccione Información y ayuda.
¿Cómo saber cuánto tengo que pagar a la Sunat?
Hazlo online: – Ingresa a Personas o Empresas selecciona las opciones Revisión de mis deudas/Valores pendientes de pago/Valores/Consulta valores pendientes de pago. Puedes elegir el periodo (de 6 meses como máximo), en formato “Año y Mes” (junto) o por documento, consignando el número de valor.
Por ejemplo, si quieres consultar tus deudas pendientes de enero a junio 2019, se debe colocar “201901” en periodo inicio y “201906” en periodo fin y luego dale “Consultar”. Te aparecerá el detalle de tus pagos pendientes, si los tuvieras. Si quieres pagarlos, ingresa a “Declaraciones simplificadas”. Recuerda que podrás exportar la información a un archivo en Excel, y guardarlo en tu computadora, imprimirla o enviarla a tu correo electrónico.
Consultar mis pagos pendientes Si necesitas un reporte de todos tus valores pendientes puedes obtenerlo con tu Clave SOL, de forma inmediata, cuenta con firma digital, código URL y QR, que garantizan su autenticidad y puede ser verificado en Opción Sin Clave SOL ingresando a “Validación de documentos con Firma Digital”.
¿Cuánto tengo que pagar de impuestos?
¿Cómo calcular cuánto tengo que pagar en impuestos? – El Servicio de Administración Tributaria tiene establecidos unos montos con los que se calcula la base gravable del año a pagar, que establece según tus ingresos. El documento que se publicó en 2021 contiene las tarifas aplicables a pagos provisionales, retenciones y cálculo del impuesto.
Así, quienes en 2022 tuvieron ingresos entre los 0 y 7.735 pesos mexicanos, deben pagar 0 pesos de impuestos. Los montos de la cuota fija de impuestos a pagar van aumentando según aumente la cantidad de dinero, según la tabla de Tarifa para el cálculo del impuesto de 2022. La normativa permite hacer deducciones personales en la declaración anual.
Estas son “gastos que como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables” en la declaración de renta anual, según el SAT, Algunas de estas deducciones son de salud como honorarios por servicios médicos, gastos hospitalarios y medicinas, análisis y exámenes médicos, aparatos de rehabilitación, prótesis; pago de servicios de educación, según los topes del SAT; así como gastos fúnebres, intereses de créditos hipotecarios, etc.
¿Cómo calcular el Impuesto a la Renta el 15?
¿CÓMO DECLARO Y PAGO EL IMPUESTO? La declaración y el pago del Impuesto a la Renta del 2020 deberá ser efectuado dentro de los tres primeros meses del presente año, utilizando el formulario virtual 710. Los pagos a cuenta mensuales pueden realizarse utilizando la nueva plataforma de Sunat y ubicar el formulario virtual.
- Este régimen comprende el cumplimiento de dos impuestos, el impuesto a la Renta y el Impuesto General a las Ventas.
- IMPUESTO A LA RENTA El impuesto se determina al finalizar el año, elaborando el Balance General y Estado de resultados y luego se presenta la declaración y pago se efectúa dentro de los tres primeros meses del año siguiente, según el cronograma de vencimientos aprobado por SUNAT.
Y de la utilidad neta de costos y gastos el impuesto a la renta en régimen general es del 29.5%. Precisar que debe realizarse pagos a cuenta mensuales, los cuales serán deducibles al impuesto a la renta anual para determinar el saldo por regularización anual.
Ahora los pagos a cuenta mensuales podrán realizarse utilizando cualquiera de los dos sistemas existentes: a. SISTEMA A – DE COEFICIENTES: Mediante este sistema el importe del pago a cuenta se calcula aplicando un coeficiente al total de ingresos de cada mes, en caso haya tenido impuesto calculado el año anterior: Cálculo del coeficiente = impuesto calculado del año anterior (2020)/ Ingresos netos del año anterior.
Y este podrá ser utilizado a partir del periodo tributario Marzo 2021 hasta febrero de 2022.b. SISTEMA B – DE PORCENTAJE: Si no tuvo impuesto calculado el año anterior, o si inicia actividades, el importe del pago a cuenta se calcula aplicando el 1.5% sobre sus Ingresos Netos mensuales, de igual manera a partir de Marzo 2021.
¿Cómo calcular el pago de impuestos?
Cálculo de impuestos ‘añadidos al precio‘ – Para calcular el valor de un impuesto ‘añadido al precio‘ debe multiplicar el precio del artículo por la tasa impositiva en forma decimal. Por ejemplo, si la tasa impositiva es 6%, debe multiplicar el precio del artículo por 0.06. De modo que si un artículo vale 20, el valor del impuesto será 20×0.06=1.20.